Dos cuartos, dos rutinas, dos mundos: lo que todo padre debe saber antes de entrar a un tribunal de familia
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Por Conecta Puerto Rico | Segmento #EnVozAlta
Detrás de cada expediente de pensión alimentaria hay un niño. Un niño que no eligió que su mundo cambiara, que no entiende por qué ahora tiene dos casas y dos navidades, pero que tiene derechos que los adultos a su alrededor están obligados a proteger. Esta semana en En Voz Alta, la licenciada Isaura Rodríguez, especialista en derecho de familia del Despacho Legal PR, respondió las preguntas que miles de familias puertorriqueñas necesitan escuchar.
¿Qué cubre realmente la pensión alimentaria?
El primer error que la licenciada quiso corregir es uno de los más comunes: creer que la pensión alimentaria es simplemente una cantidad de dinero fija y que con pagarla ya se cumplió.
En Puerto Rico existen dos categorías de pensión: la básica y la suplementaria. La pensión básica se calcula en función del salario de ambos progenitores y cubre los gastos generales del hogar. La suplementaria cubre vivienda, gastos médicos no cubiertos por el plan médico, libros, uniformes y actividades extracurriculares que ya formaban parte de la vida del niño antes de la separación.
"La pensión cubre una continuación de la calidad de vida que el niño tenía. Si el niño ya estaba en un colegio privado, eso puede incluirse. Si no lo estaba antes, no necesariamente cubre ponerlo ahora. Cada caso se evalúa individualmente", explicó la licenciada Rodríguez.
Y para quien piense que no trabajar es una salida: la ley dispone imputar un ingreso a quien no trabaja, lo que significa que el tribunal le asigna una cantidad como si trabajara y calcula la pensión en base a eso.
¿Qué pasa cuando hay gastos extraordinarios no contemplados en la sentencia?
Graduaciones, operaciones, viajes escolares, instrumentos musicales, uniformes deportivos. Gastos que no estaban en la orden original y que se convierten en fuente de conflicto.
La respuesta legal es clara: si el gasto cae dentro de los extracurriculares reconocidos, el progenitor no custodio tiene obligación de aportar. Si ese progenitor se niega, la recomendación de la licenciada es una sola: no dejar pasar el tiempo.
"Si te dejaron de pagar un mes, si dos meses, no sigas esperando. Tienes que ir al tribunal o a ASUME y presentar una moción. Si lo dejas pasar, hay consecuencias que se acumulan y el proceso se vuelve aún más tedioso", advirtió.
Las consecuencias de no pagar: desacato, cárcel y sin pasaporte
No pagar la pensión alimentaria no es un asunto menor. Las consecuencias legales son concretas y severas: desacato al tribunal, posibilidad de cárcel, revocación del pasaporte, retención de reembolsos de planillas contributivas y pérdida de la licencia de conducir.
"El desacato es uno de los pocos delitos civiles que pueden llevarte a la cárcel. Usted va preso por deuda de pensión alimentaria. Y además puede quedarse sin pasaporte, sin licencia y sin los reembolsos. Las consecuencias son legales y serias", señaló la licenciada.
Custodia compartida: lo que la mayoría no entiende
Uno de los términos más malinterpretados en el derecho de familia es la custodia compartida. Muchos creen que automáticamente significa dividir al niño semana por semana entre dos casas. Otros creen que solicitarla les permitirá pagar menos pensión.
La licenciada fue directa en ambos casos.
"Custodia compartida significa que ambos padres van a estar comprometidos en la crianza de forma equilibrada. Puede ser semanas alternas, todos los fines de semana o una cantidad de horas establecida. Pero la custodia compartida no quiere decir que automáticamente no se pague pensión. Eso depende de cuántas horas pasa el menor con cada progenitor, y cada caso se evalúa individualmente", aclaró.
¿Quién puede sacar al niño de Puerto Rico?
En prácticamente todos los divorcios se incluye una cláusula que prohíbe sacar al menor de Puerto Rico sin autorización del otro progenitor. Si uno de los padres lo hace sin permiso, eso tiene nombre legal: parental kidnapping, secuestro.
"Tú no te puedes llevar a tu hijo sin autorización del otro padre. Yo he visto casos donde papás sacaron a los menores durante el huracán María y cuando se restableció el sistema enfrentaron cargos de secuestro. Eso es lo que puede pasarle", advirtió la licenciada.
Para viajes al exterior, ambos padres deben ponerse de acuerdo. Si no pueden, la única vía es el tribunal.
Cuando el niño dice que no quiere visitar al otro padre
Uno de los temas más delicados del derecho de familia es cuando un menor expresa que no quiere visitar a uno de sus progenitores. La licenciada fue cuidadosa: la edad importa, y la intención detrás de ese rechazo también.
"Cuando un menor dice que no quiere relacionarse, lo primero que hay que evaluar es si hay alienación parental, que uno de los padres esté hablando mal del otro frente al niño. Eso siempre se evalúa. Y en el caso de adolescentes, se permite más flexibilidad, pero siempre hay que garantizar al menos un contacto a la semana, porque si no, ese vínculo se va rompiendo", señaló.
El error más costoso: dejar pasar el tiempo
Ante la pregunta de cuál es el error más grave que cometen los progenitores durante este proceso, la respuesta de la licenciada fue inmediata.
"Dejar pasar meses y años sin reclamar la pensión alimentaria. Los proyectos de ley proponen limitar a seis meses la retroactividad. Los hijos no pueden ir al tribunal por su cuenta. Son los adultos quienes tienen que actuar. Y a las madres que dicen que no quieren nada de ese hombre: la pensión no es para ti, es un derecho de tus hijos. Recuérdalo siempre", concluyó la licenciada Rodríguez.
Su consejo final: hablen con sus hijos con honestidad adaptada a su edad, y busquen terapia para ellos aunque ustedes no la quieran recibir. El proceso de separación es difícil para los adultos, pero para los niños puede ser devastador sin el apoyo adecuado.
Para comunicarse con la licenciada Isaura Rodríguez, puede encontrarla en TikTok, Instagram y Facebook como Isaura.Rodríguez del Despacho Legal PR, o llamando al 787-430-7290 en Ponce.
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